“El grado de civilización de una sociedad se mide por el trato a sus presos”Dostoievski
El Sistema Penitenciario Mexicano en cifras
Antes de comenzar, es importante hacer una revisión, que ilustre cuantitativamente la situación que impera en los centros de reclusión de la República Mexicana.
México cuenta con 419 centros penitenciarios, los cuales se dividen en 13 centros que dependen del Gobierno Federal, 305 centros que dependen de los gobiernos Estatales, 10 centros que dependen del Gobierno del Distrito Federal (D.F.) y 91 centros que dependen de los Gobiernos Municipales. (Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, 2012: 8)
De acuerdo a los datos de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, el Sistema Penitenciario cuenta con una capacidad instalada1 para albergar a 188.327 internos, sin embargo, la población asciende a 237.580, lo que se traduce en una sobrepoblación del 26% a nivel global. Por lo que corresponde a los centros Federales, éstos cuentan con una capacidad instalada para alojar a 18.684 internos, por su parte, los centros estatales cuentan con una capacidad de 143.095 internos y los centros que dependen de los gobiernos municipales cuentan con una capacidad de 4.044.
El D.F. es la entidad que cuenta con mayor población penitenciaria; la infraestructura de sus 10 centros, puede albergar a 22.324, sin embargo, su población asciende a 42.043 internos, lo que representa una sobrepoblación del 88,33%. Existen centros del D.F. como el Reclusorio Preventivo Oriente y el Reclusorio Preventivo Norte, con una capacidad para albergar a 5.376 y 5.631, respectivamente, pero albergan a 12.416 en el primero y 12.242 en el segundo, lo que se traduce en una sobrepoblación de 130,95% y 117,40%.
Aunque el objeto del presente artículo es describir la situación del sistema penitenciario mexicano así como sus condiciones de internamiento y no los procedimientos penales, es importante resaltar que el 58,74% del total de los internos se encuentran sentenciados, mientras que el 41,26% son procesados, ello implica un uso excesivo de la prisión preventiva ya que existen 98. , que en algún momento podrían ser absueltos, viviendo el encierro y las condiciones deplorables del sistema penitenciario mexicano.
En cuanto a género la población penitenciaria, se caracteriza por ser primordialmente varonil, únicamente 11.304 internas son mujeres, lo que representa el 4,76% de la totalidad. Ésta inferioridad numérica empeora la situación de las mujeres en reclusión, ya que como menciona Elena Azaola, "El sistema penitenciario, como otros, se rige fundamentalmente por un modelo masculino en el que la norma se dicta y se desprende a partir de las necesidades de los hombres y donde la mujer pasa a ser una especie de apéndice que se agrega a dicho modelo, ... la distribución de los espacios, así como las normas, los reglamentos, los discursos y los manuales que explican su funcionamiento..." (Azaola y José, 1996: 403)
Con base en lo anterior, gran parte de los centros de la República Mexicana están construidos para la población varonil. De los 419 centros de reclusión, existen únicamente 13 centros exclusivos para mujeres, mientras que 243 centros son mixtos y los restantes 163 son varoniles. En éstos últimos las mujeres frecuentemente se encuentran alojadas en espacios que fueron "acondicionados" para ellas, sin embargo son áreas como bibliotecas, cocinas, comedores, centros escolares, entre otros, los cuales no cuentan con las condiciones mínimas de alojamiento digno, áreas necesarias para las mujeres en reclusión como ni servicio médico ginecológico ni espacios propicios para los hijos que viven con ellas.
Cuadro 1 Población penitenciaria de la República Mexicana por fuero, situación jurídica y género.
Número de internos
|
Situación jurídica
| ||
Fuero común
|
187.238
|
Procesados
|
72.167
|
Sentenciados
|
115.071
| ||
Fuero federal
|
50.342
|
Procesados
|
25.838
|
Sentenciados
|
24.504
| ||
Total
| |||
Género
|
Número de internas (os)
| ||
Por género
|
Mujeres
|
11.304
| |
Hombres
|
226.276
|
OADPRS, Secretaría de Seguridad Pública, Estadística Penitenciaria Federal, a junio de 2012.
1 Se considera capacidad instalada al número de reos que puede alojar un centro en relación al número de camas con las que cuenta.
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