Los delitos de inducción o cooperación-ejecución al suicidio se tipifican en el Art. 143 del Código Penal español.
1. El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años. 2. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona. 3. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte. 4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo. Junto a esas tres situaciones de inducción, cooperación o ejecución, desde mediados del siglo XVIII se viene analizando otra conducta que, sin ser delictiva, sí que puede tener efectos colaterales sobre aquellos delitos: la imitación suicida como proceso por el cual un suicidio ejerce un efecto de modelo imitable sobre suicidios posteriores; y, en ese contexto, los medios de comunicación pueden desempeñar un importante papel preventivo.
En el informe Prevención del suicidio. Un instrumento para profesionales de los medios de comunicación, que la Organización Mundial de la Salud publicó en Ginebra (Suiza), en 2000, este organismo especializado de las Naciones Unidas alertó que uno de los muchos factores que pueden llevar a una persona vulnerable al suicidio es la publicidad sobre este tema en los medios de comunicación. La forma como estos medios informan acerca de casos de suicidio puede influir en otros suicidios. Estos instrumentos buscan dar una idea general del impacto de los medios de comunicación al informar sobre el suicidio, indican las fuentes de información confiables, sugieren cómo informar acerca del suicidio en circunstancias generales y específicas y señalan los riesgos que deben evitarse al informar sobre este tema.
En 1774, el escritor alemán Goethe publicó su trágica novela Leiden des jungen Werther [Los sufrimientos del joven Werther], donde el protagonista acababa con su vida disparándose tras sufrir un desengaño amoroso; poco después de su publicación, muchos jóvenes varones utilizaron ese mismo método para suicidarse hasta el punto de que se terminó prohibiendo la venta de aquella novela; de ahí que la literatura técnica utilice el término efecto Werther para designar la imitación en los suicidios. El informe de la OMS diferencia –siguiendo a los profesores Blumenthal y Kupfer– entre los enjambres [un número de suicidios que ocurre en estrecha proximidad temporal y/o geográfica, con o sin vínculo directo] y el contagio [proceso por el cual un suicidio dado facilita la ocurrencia de otro suicidio, independientemente del conocimiento directo o indirecto del suicidio anterior].
El documentado dossier concluye afirmando que una cobertura repetitiva y continua del suicidio tiende a inducir a y promover pensamientos suicidas, particularmente entre los adolescentes y los adultos jóvenes; por lo que recomienda informar del suicidio de manera apropiada, exacta y potencialmente útil (…) puede prevenir una trágica pérdida de vidas.
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