La ley y sus agentes – ya sean judiciales o policiales – tienen su contrapartida en el crimen y el infractor. La percepción que la sociedad tiene de los encargados de hacer prevalecer la Ley varía según la concepción que se tenga de éstos. Si bien su cometido primigenio fue el de hacer respetar la ley y los preceptos legislativos, su evolución lo acerca a un servicio ciudadano y, en ocasiones, asistencial, traspasando la clásica barrera de actuación que limitaba a la policía a neutralizar aquello o aquellos que violaran las leyes. El papel del policía pasó del deber de mantener el orden público al de mantener laseguridad pública como concepto de seguridad integral. Finalmente, el papel de la policía en un Estado democrático y de Derecho es el de preservar la seguridad ciudadana.
La seguridad pública se desarrolla con el fin de sobrepasar el concepto de orden público abarcando múltiples variables, y no se circunscribe solamente al “mantenimiento del orden y la tranquilidad”, pues su objetivo es el de establecer, mantener y venetualmente restaurar las condiciones de un estado de convivencia que permita el efectivo ejercicio de los derechos y las libertades (Recasens, 2007).
El paulatino aumento de los delitos durante la segunda mitad de los ochenta en el metro de Londres indicó que no bastaba con un incremento de la vigilancia (cámaras y puntos focales); debía existir algún elemento dinámico que mantuviera el riesgo del delito bajo mínimos. Así nació el fenómeno social vinculado al vigilantismo conocido como Ángeles Guardianes. Se trataba de civiles que, agrupados y organizados, patrullaban al margen de la ley los sistemas ferroviarios con el objetivo de reducir la delincuencia y proteger a sus conciudadanos.
Se llama vigilantismo al fenómeno por el cual personas ajenas a las instituciones securitarias y al aparato legislativo llevan a cabo tareas de patrulla y represión de delitos y presuntos delincuentes. Tres elementos son definidores del vigilantismo:
- Lucha contra comportamientos antinormativos y contra la delincuencia.
- Lucha desmarcada de la Ley y de los cauces institucionales.
- Base comunitaria o popular.
En base a los tres preceptos anteriores, el vigilantismo parte de la idea de que el sistema encargado legalmente de prevenir y contrarrestar las injusticias no funciona. Tras esa asunción, el fenómeno puede darse de dos modos:
- Organizado y estable en el tiempo; un ejemplo son las patrullas ciudadanas, comunes en espacios donde la población es víctima de un considerable número de delitos. Dichas patrullas no suelen contar con la aprobación de la policía, pues se asume que el ciudadano medio no está debidamente entrenado e instruido para desarrollar exitosamente labores de persecución del delito, aunque su efecto preventivo puede ser positivo1.
- Esporádico, estable o inestable en el tiempo; Las llamadas turbas o linchadores son grupos de personas que, exaltadas y furiosas por una serie de hechos negativos o percibidos como injustos, deciden actuar por sí mismas y reaccionar ante el daño recibido, en el caso más violento a través a ejecuciones o linchamientos. Tenemos el ejemplo más visible en los linchamientos a delincuentes comunes, delincuentes violentos o incluso personas declaradas enemigos populares2.
El término “tomarse la justicia por la propia mano” encuentra su razón de ser en llevar a cabo acciones definitivas como “justas” que, siendo éstas competencia de órganos o agentes autorizados, se realizan por parte de personas o grupos ajenos a las instituciones oficiales.
La sofisticación de la parajusticia tiene un antecedente histórico conocido como juicios sumarios. El profesor Rod Morgan, experto en criminología y justicia criminal, pone en entredicho la justicia sumarial como elemento legal (y legalizado) de algo que, precisamente, adolece de falta de garantismo al obviar formalidades creadas para salvaguardar la legalidad, con el objeto único de acelerar los procesos judiciales3.
Efectos negativos del vigilantismo
Si bien éste fenómeno ha encontrado popularidad en diversas expresiones artísticas, en la vida cotidiana ha presentado diversos incidentes, poniendo en peligro la integridad tanto de la población civil, como de la policía o de los mismos héroes. El más lamentable ejemplo se halla en la contrapartida ideológica que supone la palabra justicia cuando ésta es empuñada por grupos violentos, como han sido los terribles linchamientos a hombres y mujeres negros en los Estados Unidos de América4, ataques contra personas acusadas de colaborar con diversos estados o regímenes (como ocurrió en la Francia de Vichy o en España durante la infame Guerra Civil), o masacres contemporáneas contra personas consideradas inmorales según la idiosincrasia del grupo ofensor. En otros casos, algunas de las personas declaradasvigilantes o justicieras desarrollan labores de asistencia a las fuerzas del orden (no aprobada por la policía), poniendo en riesgo su integridad y, en ocsaiones, perdiendo la vida en ello5.
Sin duda, el fenómeno del vigilantismo merecería una tesis doctoral debido a las múltiples esferas que operan en su gestión y desarrollo (trasfondo psicológico, sociológico, jurídico, etc), sobre todo porque sería posible agrupar bajo este nombre múltiples acciones y comportamientos que tienen en común la siguiente premisa: se lleva a cabo una parajusticia.
¿Hay algo que no quepa en la definición de vigilantismo? La respuesta es el terrorismo. La etiología de la palabra se encuentra en el contexto histórico de la Francia Jacobina, cuyo control social y político mediante métodos extremadamente coercitivos le otorgó el nombre de Terror6. La brutalidad y falta de garantías con la que diversos gobiernos han mantenido su status de poder y han reafirmado su posición institucional. Paulatinamente, con la llegada de los Estados de Derecho contemporáneos y la prohibición del uso de medida coercitivas sobre la población civil, así como la limitación de mandatos, el uso de la fuerza y del terror pasó a ser una herramienta no de quienes detentaban el poder, sino de quienes no lo poseen. El cambio de esfera (terrorismo de Estado a terrorismo a secas). La violencia terrorista, de carácter político, difiere del vigilantismo en los siguientes aspectos:
- Estabilidad en el tiempo
- Objetivos distintos: el vigilantismo es la toma del ius puniendi, sin el objetivo de menoscabar la figuar del Estado; el terrorismo, cambiar la estructura de poder del Estado en beneficio de sus aspiraciones.
Vigilantismo en la red
Cuestión a poner en debate sería si las acciones llevadas a cabo por grupos creados y operativos en Internet, como Wikileaks o Anonymous podrían ser considerados vigilantismo.
El fenómeno de lucha social – tanto legal como no legal – gestionado y desarrollado en las redes recibe el nombre de hacktivismo. Su estatus, íntimamente ligado al activismo fuera de las redes, puede – y debe – ser tratado desde una nueva perspectiva legal; aquella ligada a la informática, las nuevas tecnologías y su uso, lo cual invitaría a un debate más profundo sobre qué acciones de parajusticia en red deben ser proscritas y cuáles son en sí mismas un servicio a la sociedad. Si bien algunos grupos de base no jerárquica y colaborativa como Anonymous nacieron sin un objetivo concreto, han existido ocasiones en que han enfocado sus acciones a combatir actos institucionales y políticos percibidos como injusticias, señalando a personas inocentes como autores de delitos que no cometieron, como el infame caso de Amanda Todd, la adolescente que, desesperada por el acoso recibido por Internet y en el colegio, se quitó la vida tras publicar un vídeo que fue viral7.
Reflexión
Una de las muchas razones por las que me opongo a la pena de muerte es el margen de error. En el preciso instante en el que que la posibilidad de acabar con la vida de una persona inocente sea posible, no merece la pena abogar por semejante solución. Si bien hay razones mejores para oponerse a la pena capital, esta sí es una buena razón para desaprobar el vigilantismo tanto real como en la red. El conocimiento y su uso, así como la fuerza, deben estar al alcance de la ciudadanía, pero dicha cantidad de conocimiento y fuerza debe de ser usado de manera responsable. Es por ello que otorgamos el ius puniendi a la Institución Pública para que haga uso de ello de manera imparcial, proporcionada y respetando los Derechos Humanos y demas derechos fundamentales.
Eso no significa que no deba cuestionarse la autoridad. Carl Sagan dijo en su momento lo siguiente:
“Si no somos capaces de pensar con nosotros mismos, si no estamos dispuestos a cuestionar la autoridad, entonces nos dejamos caer en manos de aquellos que detenten el poder. Pero si los ciudadanos/as son educados y son capaces de formar sus propias opiniones, los que detenten el poder trabajarán para nosotros”8.
Por lo tanto, el fenómeno del vigilantismo es el síntoma de una crisis institucional. Cuando la justicia no funciona, el inmovilismo tiene fecha de caducidad. Para prevenir esta clase de problemas, es necesario tender puentes mejor elaborados que acerquen la ciudadanía a aquellas estructuras que, al fin y al cabo, están a su servicio, y volver a convertir la res publica9 en eso: algo público.
6El Terror no fue atribuible a un color político; la revolución francesa trajo consigo una serie de opositores que, una vez en el poder, adoptaron dicho terror estatal para subyugar a sus enemigos.
8Traducción no literalizada
9http://es.wikipedia.org/wiki/ Res_publica
Criminología y Justicia . Posted: 12 Oct 2013
9http://es.wikipedia.org/wiki/
Criminología y Justicia . Posted: 12 Oct 2013
Nenhum comentário:
Postar um comentário