segunda-feira, 22 de outubro de 2012

Introducción a la Criminología filosófica a través de la figura de Foucault: “los juegos de Verdad” y las instituciones penitenciarias.


Dejándonos de ejercicios de falsas filosofías y de pseudometafísicas que lo único que hacen es oscurecer una verdadera y pragmática contribución filosófica a la cuestión criminológica, Unas instituciones completas y austeras,capítulo incluido en Vigilar y Castigar de Foucault, podría ser la referencia que nos sirva para introducirnos en la Criminología Filosófica. Este concepto, que ya depuraré en próximas publicaciones, se podría definir sencillamente como: la reflexión filosófica, tanto a nivel práxico como teórico, centrada en temas de interés criminológico. Problemáticas como la comprensión de la anomia, la desviación, el delito, el control social y, en especial, las agencias de control como la cárcel harán de Foucault un claro ejemplo de este tipo de aportaciones que puede hacer la filosofía a la ciencia criminológica.
Para introducirnos un poco más en la temática que trata Foucault, podemos apoyarnos en ciertas aportaciones de corrientes post-estructuralistas del pensamiento sociológico que, basadas en la comprensión del control social desde el prisma de la evolución de instituciones creadas a partir del nacimiento de los estados modernos, nos ayudaran a contextualizar su pensamiento. En particular, Foucault dedica toda una primera parte de Vigilar y Castigar, en el capítulo llamado El cuerpo de los condenados y la resonancia de los suplicios, al tratamiento de una generosa muestra, suficientemente representativa, de los más crudos episodios de la "liturgia penal", de arbitrariedades jurídicas, de abusos de poder con nefastas consecuencias y de una urgencia social por incrementar la "sobriedad punitiva". Todo ello expuesto de una forma muy detallada por mor de una clara comprensión de la evolución de la administración del castigo en los estados modernos: las instituciones penitenciarias.

Esta clase de enfoques post-estructuralistas subrayan, en términos generales, los cambios ocurridos en las agencias de control en cuatro grandes:

1. Principalmente, una mayor preocupación del Estado para el control de la desviación social.
2. Clasificaciones más estrictas entre modelos de desviación, con la consecuente creación de ciencias particulares para diversificar el tratamiento y el estudio de la anomia.
3. Aumento de la segregación de los implicados en diferentes centros “especializados”.
4.  La sustitución de los castigos del cuerpo por los de la mente como represión penal.

Históricamente podemos notar una clara connotación ideológica ilustrada que hace que la instauración del sistema carcelario suponga el paso de la barbarie al humanismo. El hecho de sustituir formas basadas en la tortura y en la crueldad por una racionalización y profesionalización del tratamiento del desviado, marca claramente una evolución en la represión penal.

Foucault, en sus investigaciones sobre el origen de la cárcel, nos invita a pensar que "la prisión es menos reciente de lo que se dice cuando se la hace nacer con los nuevos Códigos". Un claro interés clasificatorio, distributivo y epistemológico hace de la cárcel un lugar donde la observación de la anomia se puede convertir en un saber centralizado. Es un claro acceso hacía el humanismo ─que no a la humanización─.  

Características básicas de esta nueva forma de represión penal están fundadas, según Foucault, en una serie de evidencias fácilmente constatables. En primer lugar,  la privación de libertad como tratamiento homogéneo e igualitario: todos podemos ser presa de este tipo de castigos y, además, se presenta como un aspecto que cumple con las exigencias de la justicia. La consecuencia lógica más directa es la exaltación de la figura de la privación de libertad en tanto que evidencia económico-moral. Este tipo de represión es capaz de ser monetizada en una cuantía temporal, generando una categoría filosófico-criminal que denomina "delitos-duración".

En segundo lugar, el supuesto papel de "aparato transformador" de individuos desviados. "Este doble funcionamiento ─jurídico-económico de una parte, técnico-disciplinario de otra─ ha hecho aparecer la prisión como la forma más inmediata y más civilizada de todas las penas".

Otras de las características que pone de relieve Foucault sobre las ilustradas instituciones penitenciarias son aquellas que pueden retrotraerse a la afirmación de Baltard cuando se refiere a las cárceles como: "instituciones completas y austeras". La prisión se tiene que presentar como algo que va más allá de aspectos de ocupación concretos, tiene que ser "omnidisciplinaria", incesante y despótica: una educación total del individuo pervertido.  

Los recursos de la prisión-castigo, prisión-aparato, parecen superar las expectativas de muchos de los reformadores, mientras que, para otros, son la viva imagen del castigo disfrazado. En primer lugar, el aislamiento del condenado de los elementos exógenos que pudieron viciar su voluntad para delinquir y de los demás presos para evitar posibles  "asociaciones misteriosas". Una de las muchas consecuencias que puede tener esta imagen reformatoria del aislamiento se pueden analizar en los dos sistemas  norteamericanos de encarcelamiento: tanto el de Auburn como el de Filadelfia. En ambos sistemas una raíz claramente cristológica muestra la regresión del catolicismo en las técnicas de tratamientos de los desviados; tanto en la consideración de la soledad como elemento de introspección a la medida de cada uno, como el de una jerarquía claramente exacerbada para la toma de conciencia del respeto hacia una ley externa. La sumisión total busca el cambio de moralidad y la rectitud espiritual deseado para tratar la desviación.

En segundo lugar,  los reformadores entrarán en debate muy polémicos, según muestra Foucault, sobre la retribución del trabajo del penado. La cuestión del salario de los condenados se presentará en un momento histórico en que la crisis económica acuciaba en Francia, y en la que los obreros "libres" exigen que tomen en consideración los inconvenientes que supone para sus sueldos "libres" que exista un comercio, como el de la cárcel, que les haga competencia a tan bajo coste.  Otros, a nivel formal, veían que el trabajo remunerado no podía satisfacer la condición de elemento transformador del sujeto al estar este remunerado. En definitiva, la respuesta que ofrecían toda esta serie de reformadores más filantrópicos era que la "utilidad de la retribución por el trabajo penal impone al detenido la forma ‘moral’ del salario como condición de su existencia". El salario se convierte en un  elemento transformador.

En tercer lugar, la prisión se convierte en una institución que es capaz de modular la pena. Bajo el argumento de que la longitud de la pena "corre el peligro de perder todo valor correctivo, si se fija de una vez para siempre al nivel de la sentencia", Foucault muestra como el pensamiento de estos reformadores va en la línea de considerar la pena desde un prisma individualizador que se modifique en relación a cómo se desarrolla: "el encarcelamiento tiene sus exigencias y sus peripecias propias. Son sus efectos los que deben determinar sus etapas, sus agravaciones, temporales, sus alivios sucesivos…". Por tanto, la consecuencia más inmediata de este característica de los nuevos sistemas carcelarios es la "indispensable autonomía (…) del personal que administra la detención" con respecto al sistema judicial que ha condenado al sujeto infractor. Otra consecuencia de este planteamiento la encontramos en la necesidad de distinguir entre el "infractor" y el "delincuente". La distinción se basa en el hecho de que "es menos su acto que su vida lo pertinente para caracterizarlo". Sumariamente, aparece la urgencia de un saber en torno a la biografía para la elección del mejor de los tratamientos. Buscar la etiología de la desviación en el triple prisma de "organización, de la posición social y de la educación", generando un "castigo-corrección".

Finalmente, la generación de un conocimiento positivo y de una serie de saberes que posibilitan la existencia de una criminología, de un conocimiento médico, psiquiátrico, que permiten "calificar científicamente el acto como delito y, sobre todo, al individuo como delincuente". Este será el punto fundamental que nos permita enlazar al Foucault criminólogo con el Foucault filósofo.

Tras planear sobre el planteamiento sociológico foucaultiano y desgranar algunas de sus ideas, la pregunta que más nos debería interesar abordar para esta sección de Criminología filosófica es: ¿cuál es el sustrato filosófico de toda esta minuciosa investigación que supone Vigilar y Castigar? ¿Por qué es tan importante conocer la base filosófica sobre la que se monta el planteamiento de Foucault?  No olvidemos que Foucault, en tanto que importantísimo filósofo contemporáneo, es uno de los grandes pilares de los planteamientos postmetafísicos del S.XX, de la crítica a la razón ilustrada y, en definitiva, de las consecuencias epistemológicas sobre el logosmoderno.

En Foucault, gran parte de sus pretensiones de no se centran en fundar una filosofía sobre un nuevo cogito ─filosóficamente hablando, esto ya no está de moda, aunque más de uno siga obcecado en fundar una ontología esencialista a la manera de Platón─, sino que, inscribiéndose en la tradición de la crítica kantiana, pretende iniciar una empresa de Historia crítica del pensamiento que haga un “análisis de las condiciones en las que son formadas o modificadas ciertas relaciones del sujeto con el objeto”. En definitiva, las implicaciones epistemológicas y de formación del sujeto  son claves en su planteamiento.

En primer lugar, habría que determinar cuál es este sujeto en tanto que se configura como sujeto legítimo de subjetivización. También habría que examinar bajo qué condiciones una cosa en este caso el sujeto puede convertirse en objeto de conocimiento. Ambos procesos, tanto el de subjetivación como el de objetivación, se ven inmersos en una dinámica a la que Foucault llamará “juegos de verdad”, es decir, las relaciones o reglas bajo las cuales un sujeto puedo decir de algo que es verdadero o falso. La Historia crítica del pensamiento es la historia de los juegos de verdad, de las “veridicciones”.

Esta distinción supone una arqueología del saber que es traída a colación por Foucault para entender cómo el sujeto mismo está en el lugar de objeto de conocimiento, es decir, se pretenden conocer esos “juegos de verdad” que están por debajo de la objetivación del sujeto. Foucault nos hablará de dos vías para examinar esta cuestión: “a propósito de la aparición y de la inserción, en unos dominios y según la forma de un conocimiento con estatuto científico”, nos dirá.

Para Foucault, el ámbito de la sexualidad y del sexo resulta un caso bastante paradigmático para el análisis de esta cuestión de los “juegos de verdad”. En el caso de la sexualidad, podemos observar como los sujetos, a través del prisma del cristianismo, se han visto reconociéndose como sujetos de placer, de deseo, de concupiscencia, configurando gran parte de su subjetividad e introduciéndolos en unas condiciones concretas de verdad.

¿Cuál es la aportación metodológica que sugiere Foucault para evitar “juegos de verdad” viciados y con terribles consecuencias sobre el individuo? En primer lugar, es necesario una especie de “escepticismo sistemático en relación a todos los universales antropológicos”; también habrá que extrapolar este escepticismo a los humanismos que quieren ver al ser humano con una verdad de carácter intemporal ─que no quiere decir que sean rechazados en bloque, solamente, que todo este tipo de enunciados generalistas sobre la naturaleza del ser humano necesitan de contrastación.

Un segundo aspecto metodológico que tendrá que ver con la evitación del ascenso hacia el sujeto constituyentees decir, que evitemos hablar del Ser y demás categorías traídas desde los planteamientos ontológicos más erosionados por el tiempo. Se tratará, en definitiva, de “descender a las prácticas concretas”.

Esta dinámica tiene por objetivo sacar a la superficie todas las dinámicas en la que el sujeto y el objeto se “forman y se transforman” uno en relación al otro. Foucault pondrá de ejemplo de estas dinámicas los discursos relacionados con los enfermos mentales, los delincuentes o sobre la sexualidad. Discursos que solo nos hablan de los sujetos desde ciertos juegos de la verdad.

Y, finalmente, un tercer rasgo metodológico basado en el análisis de las prácticas concretas, es decir, Foucault querrá estudiar primero “el conjunto de las maneras de hacer más o menos regladas, lo que era concebido como real y que habilitaba a algunos sujetos a considerarse a sí mismos como sujetos de conocimiento es decir, científicos en toda regla. “Son las prácticas, entendidas como modos de actuar y de pensar a la vez que las que dan la clave de inteligibilidad de la constitución relativa del sujeto y del objeto”.  Será necesario un conocimiento de las diferentes técnicas y procesos en los diferentes contextos institucionales, viendo su repercusión en grupos e individuos. La consecuencia directa de esto es la toma de conciencia de que estas relaciones de poder caracterizan la catalogación del sujeto loco, del enfermo o del delincuente.

Si los párrafos anteriores han cumplido su cometido, el perspicaz lector se habrá dado cuenta de la necesidad de profundizar en la raíz filosófica de las investigaciones en Criminología. Apostar por la interdisciplinaridad como rasgo definicional de la Criminología es traer profesionalmente el vastísimo conocimiento filosófico acumulado a lo largo de los últimos 2500 años y ver las implicaciones, tanto directas como indirectas, que hacen posible que la filosofía se ofrezca como una metodología útil de análisis del fenómeno criminal, y no únicamente como una pieza de museo.

Bibliografía:
· Cohen, A. K. (1988): Visiones de control social. Delitos, castigos y clasificaciones, Barcelona: PPU
· Foucault, Michel:
(1998): Vigilar y castigar, Madrid: Siglo XXI.
(1998): La voluntad de saber (Historia de la sexualidad, I), Madrid: Siglo XXI
Florence, M., “Foucault”, en Dits et écrits, vol. IV (trad. de J. de la Higuera)

· Herranz de Rafael, Gonzalo (2010): "Control social, desviación y delito", en: de Ussel, Julio Iglesias y Trinidad Requena, Antonio, Leer la sociedad,  Madrid: Tecnos, pp. 204-231.
  
Posted: 21 Oct 2012 . Criminología y Justicia 

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